Convocatoria de Subvenciones 2020

El Consejo Rector de la Agencia Provincial de la Energía de Córdoba en sesión ordinaria celebrada el día 29 de Enero de 2020 ha adoptado, entre otros, el Acuerdo de Aprobación de las Bases de la Convocatoria de Subvenciones para proyectos de ahorro, eficiencia energética y reducción de emisiones de CO2 en el sector empresarial de la provincia de Córdoba 2020.

Las bases de la convocatoria pueden descargarse AQUÍ

Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas al amparo de las presentes bases, las pequeñas y medianas empresas instaladas y que desarrollen su actividad en el territorio de la provincia de Córdoba.

A los efectos de definir PYME se tendrá en cuenta lo indicado en el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión. La justificación por parte de las entidades reunir las condiciones para ser una PYME, se realizará mediante una declaración firmada por el responsable legal de la empresa.

Plazo de solicitud: El plazo de presentación de solicitudes se establece en 30 días naturales desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia.

Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia con fecha 07-02-20, EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES FINALIZA EL 9-03-20.

Se puede consultar la publicación en el BOP AQUÍ.

Las solicitudes se realizarán a través del Registro de la Sede Electrónica de la entidad, seleccionando el trámite «Convocatoria de Subvenciones», podrá acceder AQUÍ

Formularios de la convocatoria:

Anexo I: Solicitud

Anexo II: Declaración responsable

Anexo III: Declaración responsable

Anexo IV: Declaración responsable

Anexo V: Declaración responsable

Anexo VI: Memoria justificativa

Propuesta de Resolución Provisional: Reunida con fecha 1 de julio de 2020, la Comisión Evaluadora y de Seguimiento de la Convocatoria de Subvenciones a conceder mediante el procedimiento de concurrencia competitiva para proyectos de ahorro, eficiencia energética y reducción de emisiones de CO2 en el sector empresarial de la provincia de Córdoba 2020, ha acordado formular la Propuesta de Resolución Provisional incluida en el siguiente ANUNCIO. El plazo de alegaciones finaliza el 16-07-20.

Resolución definitiva: Publicada en el BOP de 20 de agosto de 2020, puede consultarse AQUI

NOTA IMPORTANTE SOBRE LA DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR: Como regla general, todos los documentos a presentar deberán ser firmados electrónicamente por el representante de la entidad con certificado electrónico reconocido por la Administración General del Estado (@firma) (ej. solicitud, declaraciones responsables, etc.), salvo en los siguientes dos supuestos:

Que se trate de documentos electrónicos de terceros y firmados electrónicamente con Código Seguro de Verificación (ej. certificados de estar al corriente con las obligaciones tributarias expedidos electrónicamente por la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía), en cuyo caso, podrá aportar directamente dicho documento electrónico sin firmarlo personalmente.
Que se trate de documentos cuyo original conste únicamente en soporte papel (ej. escrituras públicas de constitución o modificación, etc.). En este caso, debe personarse en las dependencias del Registro de la Excma. Diputación de Córdoba (o en cualquier Registro de cualquier Administración Pública en donde realicen copias electrónicas auténticas de documentos en papel, conforme al artículo 27.3 letra b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) con un dispositivo de almacenamiento masivo de información (ej. Pendrive USB), en donde, a su solicitud y de manera totalmente gratuita, digitalizarán los documentos en soporte papel, los convertirán en copias digitales auténticas y los incluirán en su dispositivo. Posteriormente, podrá presentar esas copias digitales auténticas por el mismo cauce que el resto de documentos, teniendo la misma validez que éstos.
Medidas de difusión: De conformidad con lo indicado en la base 16ª de la Convocatoria de Subvenciones, el beneficiario está obligado a incluir la publicidad sobre la subvención concedida por la Agencia Provincial de la Energía de Córdoba, así mismo facilitará y contribuirá a la difusión de los resultados finales. Toda la información sobre publicidad de las ayudas se encuentra en la citada base 16ª. La placa a colocar aparece abajo.